EXISTE EL DERECHO NATURAL

¿No existe el Derecho Natural?
por Lorenzo Peña y Gonzalo
miércoles 2017-12-06


Permítaseme volver sobre el manifiesto de 75 jusfilósofos que comentaba en mi entrada de ayer.

Según ya lo dije, suscribo casi todas las afirmaciones que contiene, aunque discrepo de dos de sus presuposiciones, una de las cuales es la valoración demasiado positiva del actual régimen político español. Régimen que me merece acatamiento, como cualquier otro mientras siga siendo un ordenamiento jurídico sin degenerar en una tiranía insufrible.

Lo que hoy me pregunto es desde qué horizonte emiten sus valoraciones esos 75 jusfilósofos. ¿Qué están haciendo al manifestarse en esos términos, al pronunciarse en el sentido que lo hacen?

Si es válido inducir a partir de lo que yo sé, esos 75 jusfilósofos son, unánimemente, juspositivistas. Creen que sólo existe derecho positivo y que no hay ningún Derecho Natural. No todos ellos aceptarán el rótulo de «positivistas jurídicos», pues algunos piensan que ya está superado el dilema entre jusnaturalismo y juspositivismo. Pero yo defino «juspositivismo» como la tesis de que no existe Derecho Natural --o sea la negación del jusnaturalismo. Entonces, no hay término medio. Por el principio lógico de tercio excluso, si no se es jusnaturalista, se es juspositivista (o escéptico).

Dejando eso de lado, voy a reiterar aquí los cinco puntos de convergencia: (1) su condena de «la secesión unilateral de parte del territorio en un Estado»; (2) su afirmación de que «una declaración unilateral de independencia (DUI) constituye un golpe de Estado»; (3) su aserto de que «una secesión conlleva la merma del ámbito de la justicia distributiva»; (4) su «compromiso con la defensa de la libertad académica, de opinión y expresión»; y (5) su tesis de que el sistema legislativo vigente ha de ser el insoslayable marco para encarar cualesquiera pretensiones.

Cada vez que emiten uno de esos cinco pronunciamientos, ¿qué están haciendo?

¿Están haciendo «teoría del derecho» (locución que ahora está más en boga que la de «filosofía del derecho», demasiado filosófica, demasiado reminiscente del execrado Derecho Natural)? O sea, sencillamente, ¿están diciendo que lo que vaya en contra del ordenamiento vigente en España va en contra de ese ordenamiento? ¿Están meramente recordando un principio fundamental de la teoría del derecho, a saber: que, bajo la vigencia de un ordenamiento jurídico en el cual exista una norma fundamental o constitución, cualquier acto jurídico que la conculque es antijurídico a fuer de anticonstitucional --o, dicho de otro modo, que los actos jurídicos con apariencia de legalidad que vulneren lo dispuesto por la Constitución son jurídicamente nulos?

Dudo que su intención sea la de emitir una tautología. Por ello, descarto esta primera dilucidación de su quíntuple pronunciamiento.

Una lectura alternativa es que se están expresando como ciudadanos, quizá desde sus opciones éticas o axiológicas, extrajurídicas. Estarían hablando como moralistas, aunque con un conocimiento de la materia jurídica que les proporciona su dedicación académica. Esa materia sería, entonces, mero objeto de reflexión; la reflexión en sí se hallaría fuera del ámbito de su actividad como filósofos-juristas, o sea como jusfilósofos. Trataríase entonces, ciertamente de un manifiesto de 75 jusfilósofos, mas no de uno en el cual 75 académicos del área de filosofía jurídica se expresaran en el ejercicio de su competencia. Habría entonces que preguntarse qué sentido tendría invocar su condición de jusfilósofos, pues serían meramente 75 ciudadanos o individuos pensantes.

¿Hay alguna otra lectura de su texto? A mí no se me ocurre ninguna. Salvo, claro, que hablen como jusfilósofos (no sólo que hablen concurriendo la circunstancia de que son jusfilósofos). Ahora bien, ¿cómo es eso posible? Únicamente lo sería invocando el Derecho Natural: un canon del bien común, por encima de las leyes escritas y de cualesquiera actos jurídicos, un canon que es el que justifica y fundamenta que, en una sociedad, determinados actos jurídicos sean tales, revistiéndose de fuerza de obligar, por la necesidad de que se promueva y salvaguarde el bien común.

Nuestros 75 interlocutores se hallan así en un aprieto. O bien reconocen que, por muy jusfilósofos que sean, no han hablado como jusfilósofos, sino como ciudadanos; o bien tienen que renunciar a su juspositivismo y admitir el Derecho Natural.






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